Levítico 25:23-55

Leyes sobre el rescate de propiedades

23 »La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra es mía y ustedes no son aquí más que forasteros y huéspedes.
24 Por tanto, en el país habrá la posibilidad de recobrar todo terreno que haya sido heredad familiar.
25 »En el caso de que uno de tus compatriotas se empobrezca y tenga que vender parte de su heredad familiar, su pariente más cercano rescatará lo que su hermano haya vendido.
26 Si el hombre no tiene a nadie que pague el rescate a su favor, pero él mismo llega a prosperar y consigue lo suficiente para rescatar su propiedad,
27 deberá calcular el número de años transcurridos desde la venta y reembolsar el saldo a quien se la haya comprado. Así podrá volver a su propiedad.
28 Pero si no consigue lo suficiente para rescatarla, la tierra quedará en posesión del comprador hasta el año del jubileo, cuando el que la vendió la recobrará, y esta volverá a su heredad familiar.
29 »Si alguno vende una casa en una ciudad amurallada, tendrá derecho a rescatarla durante un año completo a partir de la fecha de venta. Ese es el tiempo que dura su derecho a rescatarla.
30 Si no rescata la casa antes de cumplirse el año, no se le devolverá en el jubileo sino que pasará a ser propiedad perpetua del comprador y de sus descendientes.
31 »Las casas que estén en aldeas sin murallas se considerarán campo abierto, pero podrán rescatarse y se devolverán en el jubileo.
32 »Los levitas tendrán siempre el derecho de rescatar sus casas en las ciudades de su propiedad.
33 Si alguno de los levitas hace valer su derecho, la casa que vendió en una de sus ciudades se le devolverá en el jubileo, porque las casas en las ciudades de los levitas son su heredad familiar entre los israelitas.
34 Pero los campos alrededor de sus ciudades no se venderán, pues son su propiedad inalienable.
35 »Si alguno de tus compatriotas se empobrece y no tiene cómo sostenerse, ayúdale como lo harías con el extranjero o con el residente transitorio; así podrá seguir viviendo entre ustedes.
36 No le exigirás interés cuando le prestes dinero o víveres, sino que temerás a tu Dios; así tu compatriota podrá seguir viviendo entre ustedes.
37 Tampoco le prestarás dinero con intereses ni le impondrás recargo a los víveres que le fíes.
38 Yo soy el SEÑOR su Dios, que los saqué de Egipto para darles la tierra de Canaán y para ser su Dios.
39 »Si alguno de tus compatriotas se empobrece y se ve obligado a venderse a ti, no lo hagas trabajar como esclavo.
40 Trátalo como al jornalero o como al residente transitorio que vive entre ustedes. Trabajará para ti, solo hasta el año del jubileo.
41 Entonces lo pondrás en libertad junto con sus hijos, y podrán volver a su propia familia y a la heredad de sus antepasados.
42 Todos los israelitas son mis siervos. Yo los saqué de Egipto, así que no serán vendidos como esclavos.
43 No serás un amo cruel, sino que temerás a tu Dios.
44 »Asegúrate de que tus esclavos y esclavas provengan de las naciones vecinas; allí podrás comprarlos.
45 También podrás comprar esclavos nacidos en tu país, siempre y cuando sean de las familias extranjeras que vivan en medio de ustedes. Ellos serán propiedad de ustedes,
46 y podrán dejárselos a sus hijos como herencia para que les sirvan de por vida. En lo que respecta a tus compatriotas, no serás un amo cruel.
47 »Si un extranjero o un residente transitorio entre ustedes se enriquece, y uno de tus compatriotas se empobrece y tiene que venderse a un extranjero o a un familiar de ese extranjero,
48 no perderá su derecho a ser rescatado después de haberse vendido. Podrá rescatarlo cualquiera de sus parientes:
49 un tío, un primo o cualquier otro de sus parientes. Y si llegara a prosperar, él mismo podrá pagar su rescate.
50 Él y su dueño calcularán el tiempo transcurrido, desde el año en que se vendió hasta el año del jubileo. El precio de su liberación se determinará en proporción al sueldo de un jornalero por ese número de años.
51 Si aún faltan muchos años, pagará por su rescate una suma proporcional a la que se pagó por él.
52 Si solo faltan pocos años para el jubileo, calculará y pagará por su rescate en proporción a esos años.
53 Ustedes vigilarán que su dueño lo trate como a los que trabajan por contrato anual, y que no lo trate con crueldad.
54 »Si tu compatriota no es rescatado por ninguno de esos medios, tanto él como sus hijos quedarán en libertad en el año del jubileo.
55 »Los israelitas son mis siervos. Yo los saqué de Egipto. Yo soy el SEÑOR su Dios.

Levítico 25:23-55 Meaning and Commentary

INTRODUCTION TO LEVITICUS 25

In this chapter the Israelites are directed, when come into the land of Canaan, to observe every seventh year as a sabbatical year, in which there was to be no tillage of the land, and yet there would be a sufficiency for man and beast, Le 25:1-7; and every fiftieth year as a year of jubilee, in which also there was to be no tillage of the land, and every man was to return to his possession or estate, which had been sold to another any time before this, Le 25:8-17; and a promise of safety and plenty in the seventh year is made to encourage the observance of it, Le 25:18-22; and several laws and rules are delivered out concerning the sale of lands, the redemption of them, and their return to their original owner in the year of jubilee, Le 25:23-28; and the sale of houses, and the redemption of them, and the difference between those in walled cities and those in villages, with respect thereunto, Le 25:29-31; and also concerning the houses of the cities of the Levites, and the fields of the suburbs of them, Le 25:32-34; to which are added some instructions about relieving decayed, persons, and lending and giving to them, without taking usury of them, Le 25:34-38; and other laws concerning the release of such Israelites as had sold themselves for servants to the Israelites, in the year of jubilee, since none but Heathens were to be bondmen and bondmaids for ever, Le 25:39-46; and of such who were sold to proselytes, Le 25:47-55.

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